Vos podes ser parte de Codigo Rojo, Envia tus fotos, videos o denuncia a: Codigorojo98@hotmail.com

Director; VICENTE ROJAS - Somos la voz de los que no tienen voz, Envia tu denuncia a codigorojose@hotmail.com

viernes, 24 de abril de 2015

El gobierno ZAMORISTA y el negocio de la “emergencia sanitaria”

Por: U.H
El gobierno provincial sabe como saltar los controles establecidos por ley, para observación del y al poder ejecutivo en materia de compras y contrataciones. Para que las mismas, sean beneficiosas y convenientes al erario, deben cumplimentar una serie de pasos y sistemas que aseguren que los procesos sean transparentes y cuidadosos del dinero de los contribuyentes, tal es el caso de los concursos de precios o llamados a licitación, se diferencian entre sí por algunos requerimientos (renglones en una y no en la otra, etc., cuestiones que no hacen a la nota).

El gobierno de la provincia sin embargo, ha sabido con una gran cuota de astucia, crear los métodos para saltar todos estos pasos y llegar sin ningún tipo de problemas a las compras directas en un festival que por extenderlo se hace interminable, es decir, “la compra directa” pasa a ser no la excepción, sino más bien la regla, un sistema normado, apoyado por la escribanía de gobierno que en el caso de Santiago del Estero es la “Cámara de Diputados” donde se refrendan todas las ocurrencias del ejecutivo valiéndose de su aplastante mayoría.

No es inocente la magnificación de las catástrofes meteorológicas que se amplifican a través de los medios de comunicación, teniendo como protagonistas en los auxilios de las familias afectadas a los propios gobernantes como pasó la última vez con Claudia Ledesma Abdala y antes con su marido, el hoy presidente provisional del senado Gerardo Zamora. Lo que nadie sabe es que detrás de la desgracia hay un grupo de oportunistas, siempre dispuestos a aprovecharse de esa desgraciada ocasión

Como se crean las condiciones para vivir en “emergencia sanitaria”

En el boletín oficial N 20.399 del miércoles 18 de marzo de 2.015 ingresado mediante expediente N101/155/2015 se refrenda el decreto 0315/2015 que ordena extender la “EMERGENCIA SANITARIA” por 1 año más es decir amplía la que ya venía antes de que la misma quede sin efecto, este detalle refrenda nuestra teoría. Usted preguntara ¿Qué tiene de malo prorrogar una medida de este tipo? Básicamente le permite al gobierno meter la mano en las arcas del estado autorizándolo a la compra directa que suele recaer en manos de los amigos del poder, con sobreprecios siderales porque lo que justamente promueve esta ley que como su nombre lo indica es de “EMERGENCIA”, es la posibilidad por una cuestión de urgencia de realizar compras sin llamar a licitación o concurso de precios, justamente para acortar pasos administrativos y llevar ayuda a zonas afectadas de la manera más urgente posible.

De lo que se olvida el ejecutivo provincial es que superada esa situación, el sistema de adquisición de bienes y contratación de servicios deben regresar a sus andariveles normales y comprar (como toda administración debe hacerlo) con llamado a licitación, con apertura de sobres en presencia de notario público y lectura de las ofertas de distintos oferentes. Pero el gobierno de la provincia de Santiago del Estero vive de los pobres y éstos de su trabajo y lo que parece ser un auxilio, un paliativo para los perjudicados, es en realidad un pretexto y un negocio a largo plazo de la clase política gobernante.

20 comentarios:

  1. ¿ A SU SANTIAGO QUERIDO ?

    ¡ QUÈ PUEDE SENTIR POR SANTIAGO ÈSTE MENDOCINO ATORRANTE,SINO NO ES QUE ÈSTA PROVINCIA DE OVEJAS LE PERMITIÒ Y LES SIGUE PERMITIENDO QUE ARRASEN CON LOS FONDOS PUBLICOS !. EN EL UNICO LUGAR DEL PAÌS DÒNDE PODRÌAN COMETER ESAS FECHORÌAS-ÈL Y ELLA AHORA- ES SANTIAGO.
    ¡ NEGRA ATORRANTE! AHORA LO INVOCA A DIOS Y LA VIRGEN DE SUMAMPA CUANDO LO VIENEN DESAFIANDO HACE 10 AÑOS ROBANDO EL PRESENTE Y EL FUTURO DE MILES DE SANTIAGUEÑOS.
    ¿ Y PORQUÈ ÈSTE NEGRO CORRUPTO NO INVOCÒ EN EL METIER DE "LAS CARICIAS AL ALMA", LA TERRIBLE PORTADA DE NUESTRO FORO,SOBRE LA SITUACION DE "ESPOSA Y MADRE" DE LA LA NEGRA LADRONA ?. CON EL AGREGADO DE LOS MÀS DE 70 POLICIAS CONDENADOS POR EL CORRUPTO,JEFE NARCO,HOMOSEXUAL Y EL JUDIO HIJO DE PUTA,DUEÑO DE SANTIAGO.
    CUÀNTOS RUEGOS LE HICE AL SEÑOR DEL UNIVERSO QUE NO LO LLEVE TODAVÌA. EL TEMA DE LOS MÀS DE 60 MUERTOS NO MÀS, SERÀ PARA QUE RINDA CUENTAS CON LÀGRIMAS DE SANGRE.
    Y LA NEGRA TAIMADA,POR LOS ROBOS QUE ESTÀ COMETIENDO DÌA A DÌA CON DECRETOS INVEROSÌMILES.
    LOS AMIGOS QUERÌAN QUE ME REFIERA AL TEMA DEL P.-J.- LES DIGO,NO LLEGARON NEDER Y SU TROUPE DE CORRUPTOS(¿VIERON LOS NOMBRES DE ESOS CONGRESALES? UNA GAVILLA DE CORRUPTOS) A LOS 37 MIL VOTOS,SOBRE SUPUESTOS 257 MIL AFILIADOS. NO VOTÒ NI UN 20 POR CIENTO. FUE UNA ELECCION TRUCHADA TOTALMENTE,SALVO LA CONTIENDA DE CLODOMIRA. LO QUE SE DIJO DESDE UN PRINCIPIO:"P.J. PESCADO PODRIDO". STOP.

    ResponderEliminar
  2. Se equivocan, no es astucia de los gobernantes, es solo aquello que se denomina impunidad. Lo que sucede en todas las áreas de los distintos ministerios es bochornoso, es especial, acción social, salud y educación. Todas las compras están carterizadas y dirigidas a empresarios amigos. Las licitaciones sean publicas o privadas siempre son los mismos "privilegiados oferentes" los que se presentan y simulan competir. Se distribuyen de una a una en favor de cada oferente, es decir: primero Luis gana y pierde Pedro, luego Pedro gana y pierde Luis. Todo lo digita el inefable Sugus Suarez, claro calidad y cantidad simulan ser controlados pero cada hace lo que quiere. Pero siempre el 20% de lo facturado vuelve a casa de gobierno. Una vergüenza. No te mueras tan pronto que hay muchos pecados que debes pagar LADRON.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Si ! es verdad solo que no es el 20 ... sino el 50 %

      Eliminar
  3. Genial... ¿ emergencia para el abastecimiento de bienes y servicios y la protección de la salud ..?. Quien carajo explica este sui gueneris modo de robar ¡ . ES LO QUE SE DENOMINA FALTA DE PROVEEDORES, FABRICAS O LABORATORIOS DE MEDICAMENTOS E INSUMOS QUE NO ABASTECEN A LA PROVINCIA. Una locura. Alguien debería pedirles explicaciones a los laboratorios médicos del porque niegan sus productos al gobierno local. O sera acaso que quieren seguir "CARTERIZADO" en los Cantos Fonseca - Sergio Ylaraski - Lucho Alvarez y unos cuantos más el robo de los medicamentos que facturan, cobran y nunca entregan. EL TRIBUNAL DE CUENTA es cómplice silencioso junto a FISCALIA DE ESTADO de este modo de robar. Nos roban hasta la "salud" de los más pobres, los humildes que se amontonan en los pasillos de los hospitales a los cuales la prensa no tiene acceso que se mueren a diario por falta de insumos. Ya en una oportunidad el Sr. Frederik Molina en su pasquín "La Tarde" los llamo a esta banda "El grupo de los 12". Ni los tomografos se salvan. Ningun hospital publico realiza diagnósticos por imagen, lo hacen los institutos privados y si son de los que pertenecen a los "Ledesma Abdala o Patiño" mucho mejor.

    ResponderEliminar
  4. Se cumplen 7 años de la denuncia por la que mataron a Domínguez
    Miércoles 22 de abril de 2015, 17:59
    En su cuenta de Facebook, Milton Domínguez, el hijo del empleado de la Dirección de Rentas cuyo crimen permanece impune, recordó que un día como hoy su padre presentó la denuncia que condujo a su asesinato.
    El 22 de abril del año 2008, Raúl Domínguez, empleado de la Dirección Rentas de la Provincia, había presentado una denuncia por la adulteración de timbrados en dicha dependencia pública, echando luz sobre una organización criminal que estafaba al Estado Provincial.
    Su hijo, Milton, quien hasta la fecha sigue buscando justicia, recordó el hecho en Facebook: “Hoy se cumplen 7 años desde que mi Papa Raúl Domínguez hizo la denuncia de un 08 por la venta de un auto que llevaron a timbrar en la máquinas que a él le tocaba atender en Rentas de la Provincia. A partir de esta denuncia se produjeron varios allanamientos y se descubrió la Mega Defraudación de Rentas, nombre que le puso el gobernador de entonces. El zar de la impunidad santiagueña, Zamora”.



    Además, Milton Domínguez planteó sus dudas sobre la investigación: “Esta causa nunca se investigó. Estaba a cargo del juez Jorge y de fiscal de quinta nominación María Eugenia Carabajal. Nunca preservaron al testigo que era mi Papá y así fue como mandaban las notificaciones para que se presente a declarar en su lugar de trabajo. Todos se enteraban de que el tenía que declarar en el D6. ¿Por qué no nunca lo hicieron declarar en Tribunales? ¿Por qué no aparecen las declaraciones de el? ¿Eran 3 y aparece solo una?” indagó.
    “Desde allí empezó para este hombre su calvario hasta que lo secuestraron, torturaron y asesinaron. ¿No confiaban acaso en este juez? ¿Por qué nunca investigaron la defraudación? ¿ya con esta denuncia Domínguez había firmado su carta de muerte? Lo único que hizo mi papá fue cuidar su trabajo y lo asesinaron por eso. Triste el desenlace de esta pesadilla. 136 pesos costaba este 08. ¡Parece que eso es lo que vale la vida de un empleado santiagueño! ¡Basta de impunidad! Justicia para Raúl Domínguez”.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. 100 % de acuerdo ! Basta de impunidad. Justicia para Dominguez.

      Eliminar

  5. ¡ NO TIENEN LIMITES !

    ELLA ESTÀ FIRMANDO CUALQUIER COSA CON EL CUENTO DE QUE "TRABAJA PARA LOS MÀS NECESITADOS". POR ESO EL ENLOQUECIMIENTO DE MINISTROS,LEGISLADORES,
    INTENDENTES,COMISIONADOS,PSEUDOEMPRESARIOS QUE ESTUVIERON EN BUENOS AIRES SOPLÀNDOLE EL CULO AL HOMOSEXUAL PARA QUE SE RECUPERE...¡ DE LA PRIMERA ETAPA DE SU GRAVE DOLENCIA !. (DICHO POR UNA ENFERMERA DEL SANATORIO PORTEÑO.
    Y EN CUÀNTO A LAS "CARICIAS AL ALMA". ¿ DE QUIENES FUERON ?. FÀCIL. DE LOS MÀS DE 2 MIL CORRUPTOS QUE CREÒ EL GOBIERNO Y QUE ESTÀN ENQUISTADOS EN EL PODER. LOS OTROS SANTIAGUEÑOS,ANDAMOS EN OTRAS COSAS HONESTAS.
    SATANÀS O LUCIFER, LO CIERTO ES QUE LOS MÀS DE 60 MUERTOS; LOS OFICIALES DE LA POLICÌA, MUY PRONTO TENDRÀN LAS VERDADERAS CARICIAS AL ALMA.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. .....la verdad que esta gentuza esta queriendo que se le quemen las mansiones."COMO ES CUANDO EL CULO QUIERE CAG...??? " habrá que darles el gusto, eso estan queriendo ...LA GENTE EN LAS CALLES YA ESTA PODRIDA....!!!!

      Eliminar
    2. Y AÚN FALTA CONTAR LA MIERDA DE TREN QUE PARECE DE JUGUETE SÓLO PARA 80 PERSONAS QUE PONDRÁN HASTA LA BANDA INÚTILMENTE, UN DINERO MILLONARIO MAL EMPLEADO O SEA DINERO GASTADO AL PEDO, EN VEZ DE MEJORAR LAS FLUENCIAS DE TRÁNSITO DESCONGESTIONANDO EL CENTRO CAPITALINO QUE YA NO S EPUEDE TRANSITAR CON TANTOS VEHICULOS Y MALOS HORARIOS PICOS DE COLECTIVOS CON IDEAS SUPERADORAS, NO USAN LA CABEZA PARA MEJORAR LAS COSAS, SÓLO SE DEDICAN A TRATAR DE IMPONER SU PODERÍO EN CIUDADES VECINAS PRETENDIENDO APARENTAR A SANTIAGO COMO UNA CIUDAD DE AVANZADA Y PRETENDIENDO PONER A CIUDAD CAPITAL COMO UNA GRAN CABECERA CONDENANDO A LAS DEMÁS A SER USADAS COMO “ESCLAVAS” DEPENDIENTES DE ESA “GRAN CIUDAD”¿?, CUANDO ESTRUCTURALMENTE NO TIENEN LA MÍNIMA IDEA DE PROYECTO DE MEJORAS PARA EL CIUDADANO. ( CUANDO DIGO ESTRUCTURALMENTE ME REFIERO A IDEAS DE AVANZADA Y DE VIDA EVOLUTIVA PARA EL SANTIAGUEÑO Y NO DE IDEAS ARQUITECTONICAS NI DE INGENIERIA QUE SÓLO SIRVEN PARA ROBAR)
      O SEA QUE TENEMOS UN GOBIERNO QUE NO LE DÁ LA CABEZA PARA NADA.
      Y LOS SANTIAGUEÑOS NOS FALTA SÓLO UN PEQUEÑO ALIENTO Y LES VAMOS A DEMOSTRAR EL PODER DEL PUEBLO…EL VERDADERO PODER…!!!

      Eliminar
  6. CUANDO SE VULNERAN LOS PRINCIPIOS Y PROCEDIMIENTOS CONTABLES.
    PRINCIPIOS CONTABLES:
    Los principios contables se refieren a conceptos básicos o conjuntos de proposiciones directrices a las que debe subordinarse todo desarrollo posterior. Su misión es la de establecer delimitaciones en los entes económicos (Organismos), las bases de la cuantificación de las operaciones y la presentación de la información financiera.
    Los principios de la contabilidad se establecieron para ser aplicados a la denominada contabilidad financiera y, por extensión, se suelen aplicar también a la contabilidad administrativa de los Organismos, Nacionales, Provinciales y Municipales. La contabilidad administrativa se planeará de acuerdo a las necesidades o preferencia de cada empresa y/u Organismos, la cual podrá imponer sus propias regulaciones conforme al marco jurídico vigente. La contabilidad financiera deberá planearse para proporcionar información cuantitativa, comparativa y confiable a sus usuarios externos y administrados.

    Procedimientos Contables:
    El manejo de registros constituye una fase o procedimiento de la contabilidad. El mantenimiento de los registros conforma un proceso en extremo importante, toda vez que el desarrollo eficiente de las otras actividades contable depende en alto grado, de la exactitud e integridad de los registros de la contabilidad y fundamentalmente del respeto de los montos asignados, para compra directa, y los destinados para licitaciones publicas, nacionales e internacionales. Montos establecidos que no se podrán obviar, caso contrario estarían incursos en el delito de abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público (Arts. 248º y 249º del Código Penal), en concurso con otras figuras tipificadas en el Código Penal Argentino.

    EL CONTROL DE LOS REGLAMENTOS ILEGALES.
    Existen determinados mecanismos para el control de los reglamentos ilegales.
    Los reglamentos, si son ilegales, son nulos de pleno derecho, tal como indica la Ley de Contabilidad de la Provincia y/o la Ley de Obras Publicas de la Provincia. Esto sucede cuando los Organismos de Control como Fiscalía de Estado y/o el Superior Tribunal de Cuenta de la provincia no cumplen con se respectivo fin,

    ACTO NULO DE NULIDAD ABSOLUTA:
    Un acto es nulo cuando una norma con rango de ley lo cualifica como tal. Son nulos los actos dictados por un órgano manifiestamente incompetente. Los actos pueden ser nulos o anulables. Los nulos son la rareza. Un acto es nulo cuando tiene una nulidad estructural, imprescriptible, no subsanable y con efectos ex tunc.
    El Decreto Nº. 0315/2015, sufre la condena de un ACTO ADMINISTRATIVO, nulo de nulidad absoluta.

    ResponderEliminar
  7. SANTIAGO DEL ESTERO: PARA LOS RICOS EL DINERO, PARA LOS POBRES LAS PENAS.
    El Gobierno autorizó más de $8 millones en otra obra faraónica. Siguiendo con la costumbre ZAMORISTA de “invertir” fondos públicos en obras vistosas, excesivamente lujosas y hasta cierto punto innecesarias para que la ciudad aparente estar en crecimiento, alejando a los santiagueños influenciables de la realidad que nos azota.
    Así es como una vez más se decidió aprobar un presupuesto por los servicios de la empresa ANDES CONSULTORA S.A., la misma que anteriormente había llevado a cabo las inspección del Complejo Juan Felipe Ibarra, popularmente conocido como “Torres Gemelas”, el Gigante con los pies de barro que en un principio se llevó las miradas y los aplausos de los todos los gobernantes oficialistas, pero que con el pasar del tiempo se va hundiendo, literalmente.
    El acto de apertura de sobres fue realizado el 10 de noviembre de 2014 y en un principio la cifra acordada fue de $7.193.395,68 con un plazo de ejecución de 24 meses. Sin embargo al ser “la única propuesta admisible, valida y conveniente a los intereses del Estado” los números se acrecentaron llegando a $8.389.205,44 es decir aumentando un 16,62% más que lo presupuestado en un principio.
    Como dijimos anteriormente, no es la primera vez que Andes Consultora S.A. lleva a cabo negociaciones millonarias con los funcionarios de Santiago del Estero. En Octubre del año pasado y bajo el título ¿LA GRAN ESTAFA? –ver noticia (http://ultimahoradiario.com.ar/?p=40552)- cuestionamos el accionar de este grupo empresarial propiedad del Ingeniero Raúl Rodríguez, ex Secretario de Obras Públicas de la provincia durante la intervención federal de Pablo Lanusse, más tarde convertido en delfín de Julio De Vido y nombrado también Subsecretario de Obras Públicas, esta vez en la esfera nacional.
    Lo expuesto deja en claras las preferencias y la relación de conveniencia tejida entre la gobernación y el grupo empresarial, que ya tiene como costumbre cobrar estrepitosas sumas de dinero cada vez que arriban a nuestra provincia.
    Esto se pudo constatar a través del Boletín Oficial de la provincia de Santiago del Estero emitido a principios de este mes, en el cual se dio a conocer la estrepitosa cifra que la Gobernación desembolsará para las tareas de inspección. En ese sentido el DECRETO N° 0.335/2015 expresa que “Se aprueba el Pliego Único de Condiciones y la Documentación Técnica para la SELECCIÓN Y CONTRATACION DEL SERVICIO DE AUDITORIA EXTERNA PARA LA INSPECCION DE LA OBRA: CONSTRUCCION DE EDIFICIO DATA CENTER, ARCHIVO GENERAL Y ESTACIONAMIENTO”.

    ResponderEliminar
  8. EL DECRETO PROVINCIAL Nº. 0335/2015.


    ResponderEliminar
  9. Ante la eminente paliza del pro a Recalde, y la victoria de Neuquèn, por parte del Gob. anti K. Estàn haciendo AGUAS!!! LOS FONDOS DESTINADOS A LA PROVINCIA. AL ZAMORA LO HIZO LEVANTAR DEL MORTUORIO, LA NECEIDAD DE ACOMODAR LAS CUENTAS PARA NO IR PRESO, ÈL, Y TODO SU FAMILIA DE SANGRE Y POLITICA. SE ROBARON TODO!! Y MUCHOS COMPLICESS QUE SABIENDO O SIN SABER FIRMARON DECRETOS Y RESOLUCIONES, COMO EXPTES. Y ANTICIPOS, SERÀN INVESTIGADOS POR EL NUEVO GOBIERNO NACIONAL. ABURUSEZZE DE CAA DE SANTIAGO HIZO ESTRAGOS DE LATROCINIO Y ROBO CALIFICADO DE LAS ARCAS DEL GOBIERNO, HOY PUDIMOS SABER POR MEDIO DE RESIDENTESS DE CASA DE SGO. NI HABLAR DE SALUD, TURISMO, CULTURA, DESARROLLO SOCIAL, DEPORTES, AUTODROMO, OBRAS PUBLICAS, EDUCUACION, SUBNAF, DINAF, SEGURIDAD, POLICIA, CHAGAS, PODER JUDICIAL, VIALIDAD, Y OTRAS AREAS, QUE POR INTERMEDIO DE JEFATURA DE GABINETE SE LAVÒ, MUCHÌSIMA PLATA, EL MISMO FORUM,CCB, FISCALIA DE ESTADO, Y OSCURAS ACCIONES DESDE EL AREA DE PRODUCCION Y ECONOMIA, FUE UTILIZDO PARA ESE FIN. ANTE EL FINAL DE UN CICLO, TRATAN DE SSAQUEAR LO POCO QUE QUEDA, Y AHORA LA INTENDENCIA ES LA VIA, NO, NOS DEEMOS ROBAR MÀS!! Y ANTES QUE ESCAPEN MILLONARIOS, QUE ASI COMO JULIO ALEGRE, PAGUEN EN LA CÀRECLE Y SE LES INACUTEN TODOS LOS BIENES QUE CON DINERO DEL ESTADO FUERON ADQUIRIDOS.

    ResponderEliminar
  10. CARICIAS AL ALMA?: los que fueron a alentar a zamora, sabedores y partícipes de la grán malversación de fondos durante estos años, fueron a acariciar la SOGA de la que están colgados desde el alma de zamora....... ya se las va a cortar el pueblo, LADRONES..........

    ResponderEliminar
  11. LA CONSECUENCIA DE LA PERMANENTE VIOLACIÓN AL SISTEMA DE COMPRA ES LA POBREZA GENERALIZADA.

    Cuando los sistemas de compra son groseramente vulnerados traen aparejados la corrupción generalizada, puesto que se impone la corrupción estructural en cada uno de los Organismos del Estado.

    LICITACIÓN PÚBLICA.
    La LICITACIÓN PÚBLICA no es más —si es que alguna vez lo fue— la regla general en el sistema de compras y contrataciones del Estado Nacional, y del Estado Provincial de Santiago del Estero, sin dejar de lado a los todos los Gobiernos Municipales de la Republica Argentina.
    Contrariamente a lo que puede suponer el lector desprevenido y aún alguno avezado que siga a pie juntillas lo que la norma dice en palabras, la regla es la corrupción enquistada mediante la CONTRATACIÓN DIRECTA, aun si para ello debe hacerse un poco de cosmética al momento de definir el procedimiento de selección del contratista. No lo digo yo; lo dicen los innumerables Decretos Provinciales publicados en el Boletín Oficial de Santiago del Estero, es decir que esta información surge a partir de fuentes tan oficiales como su incumplimiento es publico y notorio.
    Poco importaron los principios declamados; mucho menos lo dicho por la doctrina o la jurisprudencia. Los hechos se impusieron con sigilo. A romper ese silencio dedicaré los siguientes párrafos.

    LOS RECURSOS PÚBLICOS.
    El sistema de compras y contrataciones es el canal a través del cual gran parte de los recursos públicos se ponen en movimiento para satisfacer, al menos nominalmente, las finalidades de cada uno de los órganos del Estado. Es la función administrativa puesta en movimiento. Tiene como presupuesto la recaudación —que saldrá de nuestros bolsillos, coacción mediante— o el endeudamiento, que deberá ser afrontado de todos modos con recaudación.
    Según lo establecen los principios generales del sistema, a los que deberá ajustarse la gestión de las contrataciones son la razonabilidad del proyecto, la eficiencia de la contratación para cumplir con el interés público comprometido y el resultado esperado; la promoción de la concurrencia de interesados y de la competencia entre oferentes; la transparencia en los procedimientos; la publicidad y difusión de las actuaciones; la responsabilidad de los agentes.
    Cada uno de estos principios encuentra su reflejo nominal en alguna de las normas que rigen el sistema. Pero cuando algunos de ellos —por no decir todos— se violan sin que lo signifiquen, suscitar reacciones acaloradas, quienes encontramos en el Estado y su funcionamiento un objeto de estudio debemos prestar atención.
    Cuando esa violación es reflejada con total naturalidad, sin siquiera merecer una nota aclaratoria por parte de los funcionarios encargados de velar celosamente, como los ÓRGANOS DE CONTRALOR PROVINCIAL, FISCALÍA DE ESTADO DE LA PROVINCIA DE SANTIAGO DEL ESTERO Y TRIBUNAL DE CUENTA DE LA PROVINCIA DE SANTIAGO DEL ESTERO. Cuando estos Organismos fallan, se consolida la corrupción generalizada y el daño al Fisco Provincial es irremediablemente irreversible.

    ResponderEliminar
  12. Que MENTIRA LA GOBERNADORA EN SU DISCURSO DE MAÑANA?, QUE PAVADA ACOMPAÑARÁ EL DIBUJADO DISCURSO QUE POR ESTAS HORAS LE ESTAN RETOCANDO? POR ORDEN DEL SENADOR, NADA DEBE DECIR DEL RESULTADO ELECTORAL DE HOY, DEBE VENDER HUMO, GP. CASAS RANCHOS, CHAGAS, SALUD!! jaja CUANDO EL MARIDO SE FUE A BS. AS. A ATENDERSE!!, DIBUJAR GESTIO ( QUE NO HAY) CON PAJARITOS, FLORES Y MARIPOSAS, ANALICEN Y SIGAN EL DISCURSO DE MAÑANA, SERÁ DIGNO DE SUBIRLO A LAS REDES COMO EJEMPLO DE LA "NO POLITICA", LA " FALAT DE GESTION", LA "AUSENCIA DEL ESTADO", ENDEFINITIVA UN DISCURSO PARA JUSTIFICAR EL GRAN ROBO Y LA GRAN ESTAFA, QUE DESDE HACE 10 AÑOS SOMOS VICTIMAS LOS POBRES EMPLEADOS DEL GOBIERNO PROVINCIAL, NUESTRA PROVINCIA NO TIENE POBRES, NO TIENE INDIGENTES, NI TAMPOCO NIÑOS CON HAMBRE, NI TAMPOCO ESCUELAS EN MAL ESTADO, NI ANALFABETOS, NO HAY DROGAS, NO HAY DELITOS, NO HAY CENSURA, SINO COMO LES DIJE, VEAN Y ESCUCHEN EL DISCURSO DE LA " HERDERA", NADA DIRÁ DE ESO, TODO ESTÁ SIENDO DIBUJADO POR ESTAS HORAS PARA QUE SEA, SANTIAGO, EL VERDE JARDIN TERMAL , LLENO DE TURISTAS DE TODO EL MUNDO, EVENTOS FANTASTICOS, GRANDES ARTISTAS, GRANDES FERIAS, EVENTOS DEPORTIVOS, EL AUTODROMO MEJOR DEL MUNDO, LAS MEJORES CASAS BARRIO Y ERADICACION DE RANCHOS Y DE LA VINCHUCA!!!! TODO EL DISCURSO, REITERO ORDEN DEL SENADOR, DEBE TENDER A JUSTIFICAR EL ROBO DE LA DECADA. Y ELIAS SUAREZ, POR ESTAS HORAS, CON EL CORRECTOR TACHA Y CORRIJE, O SEA QUE EL DISCURSO, SERÁ MUCHO MEJOR SI UN NIÑO DE PRIMARIA, LO REDACTA. SUSGUS NO SÉ SI TERMINO 7mo GRADO. BUENO LOS DEJO, ME LLAMA EL JEFE. QUIEN SOY? UN GENERAL QUE YA NO BANCA AL FÜHERER. SI PODRIA IRME DEL BUNKER SIN QUE ME MATEN LO HARIA. MENOS MAL, LE QUEDA POCO A ESTE SISTEMA DE MIERDA.

    ResponderEliminar
  13. PUEBLO ANESTESIADOS FRENTE AL INCUMPLIMIENTO.
    Vemos hasta qué punto estamos anestesiados frente al incumplimiento. No se trata de una administración o de otra, como lo demostrarán los datos en este trabajo; ni siquiera es patrimonio exclusivo del Poder Ejecutivo: Se trata del Sistema. Es mucho más grave, cuando analizamos que se remonta al año 2.005, AÑO DE ASUNCIÓN del SISTEMA ZAMORISTA o GESTION ZAMORISTA.

    LAS PALABRAS Y LAS NORMAS
    Antes de avanzar en el presente comentario, los estudios concretos de los datos, parece aconsejable recordar cuáles son las alternativas que ofrecen las normas para la selección del contratista. No se trata de hacer aquí un detalle pormenorizado. Basta, en este punto, con señalar las diferencias más relevantes de algunos de los procedimientos disponibles.

    LEY PROVINCIAL DE CONTABILIDAD Nº. 3742
    La Ley Provincial de Contabilidad Nº. 3742, nos ofrece un menú clásico de opciones, entre las que podemos mencionar a la licitación pública y a la privada; sus primos hermanos, los concursos públicos y privados; la contratación directa en sus distintas versiones y la subasta o remate público.
    Así el establece el Articulo 25 “Todo contrato se hará por Licitación Pública, cuando del mismo se deriven gastos y por Remate o Licitación Pública cuando se deriven recursos.”

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. LEY PROVINCIAL DE CONTABILIDAD Nº. 3742
      Por su parte indica el ARTICULO 26º.- que “No obstante lo dispuesto en el artículo 25º, podrá contratarse: 1) Por Licitación Privada, cuando el monto de la operación no exceda de veintitrés millones quinientos mil pesos. (Ver Decreto Serie “B” Nº 822/94). 2) Hasta once millones seiscientos mil pesos según lo reglamente el Poder Ejecutivo. 3) Directamente: a) Entre Reparticiones Oficiales o Mixtas, Nacionales, Provinciales o Municipales. b) Cuando la Licitación Pública o Privada o el Remate resultaren desiertos o no se presentaren ofertas válidas o admisibles. c) Cuando medien razones de urgencia, en que a mérito de circunstancias imprevistas no pueda esperarse la Licitación o el Remate Público; o su realización resienta el servicio. d) Para adquirir bienes, cuya fabricación o propiedad sea exclusiva de quienes tengan privilegio para ello y no hubiere sustituto. e) Las compras y locaciones, que sean menester efectuar en países extranjeros siempre que no sea posible o conveniente realizar en ellos la licitación. f) La compra de bienes en Remate Público. El Poder Ejecutivo determinará en que casos y condiciones, instruyendo a los funcionarios sobre condiciones y precios máximos a abonarse en las operaciones mediante Memorándum Reservado. g) Cuando hubiere notoria escasez de los elementos a adquirirse. h) Para adquirir, ejecutar, conservar, restaurar obras artísticas, científicas o técnicas o decorar muebles o inmuebles que deban confiarse a empresas, persona o artistas especializados. i) Las reparaciones de maquinarias, equipos, rodados, vehículos aéreos y náuticos, cuyo desarme, traslado o examen resulte oneroso en caso de llamarse a licitación. Esta excepción no rige para las reparaciones comunes de mantenimiento periódicas, normales o previsibles. j) Cuando las circunstancias exijan que las operaciones del Gobierno se mantengan secretas. k) La compra de semovientes por selección, semillas, plantas, o estacas cuando se trate de ejemplares únicos o sobresalientes. l) La venta de productos perecederos y los destinados a fomento económico o a la satisfacción de necesidades sanitarias, siempre que la misma se efectúe directamente a los usuarios. m) Cuando se trate de bienes cuyos precios sean determinados por el Estado Nacional, Provincial, o Municipal. n) Cuando lo autoricen leyes especiales, contemplando las modalidades de ciertos servicios. o) Cuando se trate de solucionar problemas sociales urgentes de casos particulares o de grupos de escasos recursos económicos. p) El Poder Ejecutivo reglamentará dentro de las escalas fijadas en los incisos 1) y 2) de éste artículo, la realización de contrataciones y/o compras de repuestos en forma directa, sin licitación previa para la reparación y mantenimiento de los automotores afectados a los servicios de la Policía de la Provincia y Subsecretaría de Salud Pública del Ministerio de Bienestar Social, como también para el mantenimiento de los equipos de servicios asistenciales. q) Cuando se trate de adquirir bienes o servicios provenientes de una cooperativa debidamente inscripta y autorizada. r) La adquisición de medicamentos, reactivos de laboratorio y droga para uso de farmacia, instrumental y/o víveres frescos que se destinan al funcionamiento de Instituciones Hospitalarias y de Asistencia Social. s) Cuando se trate de adquirir vehículos automotores siempre que los mismos se realicen en fábricas o en Asociaciones de Concesionarios Oficiales, que tengan la exclusividad de las ventas a la Hacienda Pública. t) La publicidad de actos de gobierno en los órganos apropiados a tal fin en cada circunstancia. Dentro de las formas de contrataciones legisladas, será válido el procedimiento seguido de acuerdo con la estimación del monto, cuando el importe de la preadjudicación no supere el veinte por ciento del importe máximo fijado.

      Eliminar
    2. LA LEY Nº 6.933
      LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE L E Y:
      LEY DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA Y CONTROL INTERNO DEL SECTOR PÚBLICO PROVINCIAL. la que establece en su TITULO I:
      DISPOSICIONES GENERALES
      ARTICULO 1/.- La presente Ley rige los sistemas de administración financiera y el sistema de control interno, y será de aplicación en todo el Sector Público Provincial.
      Las disposiciones de esta Ley son igualmente aplicables a organizaciones privadas y personas físicas, en lo relativo a rendiciones de cuentas de subsidios, aportes o fondos de cualquier naturaleza recibidos del Estado Provincial.
      ARTICULO 2/.- A los efectos de esta Ley, el Sector Público Provincial está integrado por: a) La Administración Provincial, conformada por 1a Administración Central y los Organismos Descentralizados. b) Empresas y Sociedades del Estado, Sociedades Anónimas y todas aquellas empresas donde el Estado tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias, a las que se les aplicará las disposiciones de esta Ley en forma supletoria.
      c) Los Fondos Fiduciarios integrados total o mayoritariamente con bienes y/o fondos del Estado Provincial. ARTICULO 3/.- Se entiende por Jurisdicción a cada una de las siguientes unidades: A) Institucionales: a) Poder Legislativo. b) Poder Judicial. c) Gobernación de la Provincia, Jefatura de Gabinete de Ministros, los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo Provincial. B) Administrativo-Financieras: a) Obligaciones a cargo del tesoro. C) Otros organismos constitucionales: a) Defensoría del Pueblo. b) Fiscalía de Estado. c) Tribunal de Cuentas.
      ARTICULO 4/.- Se entiende por Entidad a toda organización pública que, cualquiera sea su denominación, tenga personalidad jurídica y patrimonio propio, a saber: a) Organismos Descentralizados, sean o no autofinanciados. b) Empresas y Sociedades del Estado, Sociedades Anónimas y todas aquellas empresas en las que el Estado Provincial tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias.
      c) Fondos Fiduciarios integrados total o mayoritariamente con bienes y/o fondos del Estado Provincial. ARTICULO 5/.- La administración financiera del Sector Público de la Provincia comprende el conjunto de sistemas, órganos, normas y procedimientos administrativos dirigidos a la obtención de recursos públicos y a su aplicación para el cumplimiento de los objetivos del Estado.
      ARTICULO 6/.- El sistema de control interno comprende los órganos, normas y procedimientos administrativos para el Sector Publico Provincial, en cuanto incidan sobre la hacienda pública provincial. La Contaduría General de la Provincia es el Órgano Rector del Sistema.

      INFORMACION SUFICIENTE.
      La normas transcriptas, son mas que suficiente para justificar y fundamentalmente para poner en evidencia, que el estado provincial (Funcionarios de Gobierno) a partir del año 2.005 viene siendo esquilmado por los ladrones corruptos.

      SRA. GOBERNADORA:
      Excelentísima Gobernadora, ¿Se da cuenta Ud. cuando la hacen firmar esos Decretos Truchos?.

      Eliminar
  14. CARICIAS AL ALMA??? MEJOR DICHO CARICIAS Y MUCHOS PETES AL CHOTO DE CHABAY. CARNEROOOOOOO....

    ResponderEliminar

Los comentarios publicados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de sanciones legales. Aquel usuario que incluya en sus mensajes algun comentario violatorio del reglamento sera eliminado e inhabilitado para volver a comentar. Enviar un comentario implica la aceptacion del Reglamento.