Al finalizar la jornada de ayer, el Tribunal, integrado por los Dres. Pérez Roberti, Viaña de Avendaño y Storniolo, resolvió rechazar el pedido de cese de prisión preventiva del imputado Julio Fernando Alegre.
Ayer, el Dr. Hugo Frola, defensor del ex intendente, había solicitado que en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley 24.390 y los pactos internacionales, y habiéndose cumplido más de 3 años de prisión preventiva, la misma fuera dejada sin efecto.
La fiscal Olga Gay de Castellanos había indicado que a su criterio, la razonabilidad de los plazos que marca la ley no son perentorios
sino que depende de cada una de las causas. Además, remarcó que no está
acreditado el arraigo del imputado, por lo que existiría peligro de
fuga, solicitando que debería mantenerse la prisión preventiva.
Atento a todo esto, el Tribunal, en una extensa resolución, reconoció
los derechos del imputado y el plazo razonable de prisión expuestos en
la ley 24.390 y resguardados por pactos internacionales, pero atendiendo la complejidad
del caso, la multiplicidad de ilícitos y personas implicadas, entienden
que son circunstancias que justifican el mantenimiento del encierro
preventivo de Julio Fernando Alegre.
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