Gerardo Montenegro no podria asumir su banca por impugnacion, al violar el articulo 54 de la constitucion nacional |
Senador FUENTES: En su carácter de Presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales, solicita se otorgue estado parlamentario a las copias certificadas de las actas de escrutinio y proclamación de Diputados y Senadores Nacionales y de oficialización de listas remitidas por la Secretaría Electoral del Distrito de Santiago del Estero; S-4076/13 .
Juzgado Federal de Santiago del Estero - Secretaría Electoral: Adjunta copia del Acta Nº 23 proclamando como Senador Nacional titular por la provincia de Santiago del Estero a D. Gerardo Antenor MONTENEGRO; O.V. 418/13 - Juzgado Federal de Santiago del Estero - Secretaría Electoral: Adjunta copia del Acta Nº 23 proclamando como Senador Nacional al suplente por la provincia de Santiago del Estero a Norma Isabel Fuentes; O.V. 432/13
Asi mismo, la Cámara Nacional Electoral: en autos caratulados Sr Apoderado de la Alianza Frente Progresista y Social Sr José Fernando D. Jiménez s/ presentación (solicita la proclamación como Senador del candidato electo por la minoría en cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 54 de la CN) - Santiago del Estero - (Exp. 5578/13 CNE) solicita no adoptar ninguna medida al respecto; P-47/13: JIMÉNEZ José Fernando Daniel: En su carácter de apoderado de la Alianza Frente Progresista Cívico y Social de la Pcia. de Santiago del Estero, impugna título de los ciudadanos Gerardo Antenor MONTENEGRO y Norma Isabel FUENTES como Senadores Nacionales titular y suplente respectivamente por la minoría de la Pcia de Santiago del Estero; P-48/13: GARCÍA Marcelo Leonardo: En su carácter de interventor de la Unión Cívica Radical de la Pcia. de Santiago del Estero, impugna título de los ciudadanos Gerardo Antenor Montenegro y Norma Isabel Fuentes como Senadores Nacionales titular y suplente respectivamente por la minoría de la Pcia. de Santiago del Estero; y S-4107/13
De aprobarse por la comision de ASUNTOS CONSTITUCIONALES lo solicitado por el apoderado de la UCR locál, Montenegro no asumiria en su banca el proximo 10 de diciembre.
De esta forma Zamora perdería otra batalla judicial, ya que todo el arco opositor al gobernador sostuvo que el “ADOSE” de boletas al antes mencionado como candidato por la minoría, cuando en realidad se sabía claramente que éste era un candidato subrepticio por el “Frente Cívico” violando así el Art. 54 de la Constitución Nacional dispuesto por los convencionales constituyentes con la reforma de 1.994 que propone que la fuerza política mayoritaria llevará dos senadores y la segunda fuerza uno, garantizando así la representación parlamentaria de las minorías. Este sería otro baldazo de agua para el poder ejecutivo local, que en caso de que se haga lugar el pedido, perderia una bancada clave en miras a negociaciones futuras en un nuevo escenario político hacia 2.015.
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