Como se recordará, en artículos anteriores, hacíamos referencia a este cuestionado caso, donde no se conoce precedentes en el país, que por omisión o negligencia de la justicia santiagueña, Guardo se encuentra alojado en el Penal de Varones con exceso del plazo de detención razonable, cinco años (5) y once meses, sin pedido de prórroga, y sin que se haya realizado el pertinente juicio.
vivienda q estuvo alojada la testigo falsa |
Luego de comparecer en tribunales Hilda Cansinos, el Dr. Salomón la llevo a la casa de su “intima amiga”, RAQUEL RUIZ, en donde la “testigo falsa” trabajó y vivió un tiempo con su pequeño hijo, hasta que el juez Jorge Abelardo Basbus la retiro en su automóvil y la llevo con rumbo desconocido.
Cabe acotar, la Señora RAQUEL RUIZ es docente jardinera de la escuela 23 del barrio Belgrano y reside en calle Humberto Ilia al 400, del barrio en mención. Lugar que fue reducto, donde los ex magistrados Jorge Abelardo Basbus y Jorge del Valle Salomón la tuvieron escondida a la TESTIGO “FALSA” HILDA ELIZABETH CANCINOS.
Como se recordará en un primer artículo, publicamos las tres declaraciones contradictorias de la Srta. Cansinos. La primera la hizo en sede policial, a cargo del entonces, sub. Comisario Hugo Gervasio Verón, donde indicaba que el día 29 de julio de 2.004, a las horas once, a casi 48 hs. del hecho, que vio a Federico Guardo a las 23,30 hs del día 27 de julio de 2.004, “el día del hecho”, pasar por su casa en un automóvil oscuro con vidrios polarizados, reconociendo la dicente que se trataba del vehículo del mismo, o de su padre. LA MENTIRA NO FUE LEJOS PORQUE EL AUTOMOVIL, ESA NOCHE LO USABA LA FAMILIA EN UNA REUNION SOCIAL HASTA ALTAS HORAS DE LA MADRUGADA, LO QUE FUE TESTIMONIADO POR INNUMERABLES CONOCIDOS QUE ESTUVIERON CON ELLOS.
En esta primera declaración, Hilda Cansino dijo, que a las cuatro y veinte de la madrugada, sintió un ruido en la parte exterior de la vivienda, lo que la sobresaltó, se levanta rápidamente de la cama, abrió la ventana, y observo que por la vereda, iba corriendo Federico Guardo, desde la dirección de la casa de Silvia, hacia San Juan, y los ruidos que le despertaron fue el ladrido de sus perros, que no le vio nada en la mano; que no había ningún vehículo, pero que lo reconoce porque lo había visto varias veces, es de cutis blanco, de 1,70 mts., de altura aproximadamente, de cabellos claros, de 26 años y cuerpo delgado y que no había nadie más y que, a consideración de la declarante, es quien prendió el fuego - estas manifestaciones se evidencias por los testimonios. Véase testimonios de Dr. Carlos A. Valdez, Jorge Rafael Castillo y del mismo instructor, sub comisario Lucio M. Tolosa, quienes afirman que Federico Guardo no es rubio, mide casi 1,85 mts., pesa 90 kg.
Las tres pericias técnicas científicas realizadas por Criminalística de la policía Provincial, Gendarmería Nacional y por el Perito de la Corte de Salta, Luis Humberto Gómez, desvirtúan la falsedad de que existía una pendiente desde la puerta del frente hacia el fondo, de acuerdo a las medidas del nivel total del piso de la casa, de las que resulta la conclusión unánime. Gendarmería Nacional con un Cromatografía Gaseoso, acredita que no hubo ingreso de hidrocarburo por la puerta de ingreso. Que el incendio se produjo desde dentro del inmueble. El único que sobrevivió fue JUAN CHAVEZ, tío y hermano de las víctimas, quien se encontraba de short, y no se le quemo ni un pelo. Lo cierto es que los resultados de los estudios cromatográficos y espectrográficos, arrojó NEGATIVO para la presencia de hidrocarburos.” La puerta de entrada no tuvo contacto con ninguna clase de combustible.”
En su segunda declaración, en fecha 11 de abril del 2.006, ante el juez Gustavo Adolfo Herrera, se ratifica íntegramente de todos sus términos, reconociendo sus firmas, manifestando que conocía a Guardo de vista, que a la madrugada del 27 de julio del 2004 a las 4,20 hs, mira por la hendija de la ventana, –en la parte superior de la celosía, adviértase que ya no abre la ventana-, observa a un sujeto que estaba de perfil, -nueva visión y nueva mecánica- y la declarante al observarlo está segura de que era Federico Guardo, ya que le había visto en otras ocasiones.
En esta segunda declaración deja aclarado que el domicilio de la declarante se encuentra colindante con la casa de las dos víctimas, y se escuchaba todo lo que sucede en casa de los Chávez. - falta a la verdad, ya que existe vivienda de por medio, y que en esos tiempos era alquilada por una señora de apellido Laprobian, lo que se constatará con la inspección y reconstrucción a realizarse, prueba que se solicitó en la denuncia y no se la produjo-
En la tercera declaración, de fecha 13 de febrero de 2.007, ante el juez Abelardo Basbus, reconoce las firmas puestas, en puño y letra, de los testimonios anteriores, que con respecto a la declaración realizada en sede policial, obrante a folios 41 y 42, recién se rectifica, de la parte en que manifiesta, haber abierto la ventana, “ya que nunca lo hizo, y solamente miró por la hendija”, y con respecto a la segunda declaración, en sede judicial, en folios 421/422, se ratifica totalmente
Por lo tanto, si es que no abrió la ventana, no pudo ver absolutamente nada, por eso la necesidad de la reconstrucción de esto, téngase presente que la foto de pericia de la hendija, (fue con ventana de vidrio abierta y con la luz del día), o sea si no abrió la ventana de vidrio, tiene más distancia, entre la vista y la hendija, a más de la oscuridad de la noche, hace imposible toda visibilidad.
Respecto a esta cuestión, el informe del Perito Luis Humberto Gómez, manifiesta que: en cuanto a la Señorita Cansinos, quedó suficiente acreditado que acomoda su testimonio según necesite hacer coincidir el relato en consonancia con los avances de la investigación. Quedó al descubierto que esta testigo cambió su primera versión donde decía que vio al imputado desplazándose a pié por la vereda de Chávez, hacia la calle San Juan, por la simple razón de que su mentira sería descubierta en ocasión de la inspección ocular o en una eventual reconstrucción de los hechos. La determinación de los ángulos de observación que resultan de mirar desde la hendija de la ventana de la testigo Cansinos, colabora claramente en la demostración de que esa Srta. no pudo haber visto al imputado transitando por donde lo dijo en su primer testimonio, porque se lo impiden las construcciones que existían en aquel momento.”
“En la última declaración la testigo (y ya van tres bajo juramento) ella rectifico varios puntos, pero no dio razones de esos cambios, en su percepción o los hechos. Termina diciendo que desde su ventana podía ver el frente de la casa de Chávez, lo que también quedó develado como otra mentira más.”
Seguidamente en esta tercera declaración, manifiesta que ve el auto de Guardo, que era oscuro, con vidrios polarizados, sin poder precisar el color, en marcha lenta, segura que era el auto del mismo. Cuando se le pregunta porque está segura que era el auto de guardo, responde: que no tiene certeza, pero si que las características del auto, por el tamaño y polarizado, se corresponde con el de Guardo.
Manifiesta que siendo las 4,20 hs. Es despertada por los ladridos de su perro, se levanta, se para, en la madera del costado de la cama, y mira por la hendija de la parte superior de la ventana, y pudo observar a Federico Guardo, que estaba parado en la vereda de su casa, a la altura del pilar, por donde se abre el portón de la misma, de perfil mirando hacia la casa de los Chávez, alcanzando a ver solamente la cabeza, por lo que no pudo ver la vestimenta que llevaba. –En su primera declaración dijo que no llevaba nada en las manos. Como es que ahora solo ve la cabeza. De lo que se corrige una de las declaraciones, o las dos son falsas.
Seguidamente se le pregunta, para que diga como sabe que se trataba de Federico Guardo, a lo que responde que lo conocía de verlo con Silvia y logra distinguirlo, ya que entre la casa de los Chávez y de la dicente, hay una vivienda de escasos metros de frente, que tiene luz -o sea que su casa ya no es colindante con casa de Chávez, porque existe otra casa en el medio, y que tiene luz, por lo que desde su ventana, no puede ver absolutamente nada-: nuevamente se demuestra la contradicción que prueba la falsedad.
Seguidamente responde por las características físicas de Federico Guardo, y dice de un poco más de un metro setenta, cutis blanco, espaldas anchas, de piernas medio chuecas, delgado, de cabello ni muy claro, no muy oscuro, siempre andaba con barba de uno o dos días. (Ahora ya no tiene cabellos claros Ahora siempre lo vio con barba. Es chueco. Lo que sucede que la denuncia nunca tuvo secreto de sumario, estuvo a disposición de la abogada Míguela Gutiérrez, quien es Parte Civil Damnificada y abogado de la testigo falso, como que la patrocina en sus declaraciones, y por lo tanto le avisa lo que declaró el Sub. comisario Lucio Tolosa -quien declara que lo vio barbado, barba poblada en toda la cara, barba de varios días, con estatura de de uno setenta a uno ochenta mts., con peso aproximado de 80 a 85 kg.- le avisa lo que declaró Jorge Castillo, quien lo ve en los primeros días del mes de julio de 2.004, y lo describe de altura de unos uno ochenta a uno ochenta y dos, aproximadamente; que estaba muy gordo, robusto, que sería su peso de 90 a 95 kg. Aproximadamente; que estaba barbudo, completa la cara, de más de un mes. Tanto Tolosa como Castillo declaran el año anterior a la de la testigo falso, con conocimiento de estas declaraciones realizadas, de parte de la Dra. Míguela Gutiérrez, con un año de anterioridad, tuvo la oportunidad cómoda, de aleccionar a la denunciada y cliente, sobre las constancias de las pruebas, para que intente corregir o acomodar todas sus mentiras e inventos.
Manifiesta, en su tercera declaración, que desde la hendija de su ventana, vio que salía humo de la casa de los Chávez. Como puede realizar esta manifestación, si de dicha hendija no se puede ver nada, como lo señalan los peritos, máxime cuando tiene dos paredes a la izquierda de tres metros y medio que le impide ver la esquina, tanto de su misma cuadra a la izquierda, como la esquina del contrafrente.
Si es que vio a Federico Guardo, porque razón no le dijo a la autoridad policial, que, conforme a constancias de autos, arribó a las 4,10 o 4,15 de esa madrugada, efectivos de la seccional cuarta de policía, Oficial José Ramírez y el Cabo Ibáñez, que vio al mencionado, para que la autoridad policial proceda a su inmediata busca. Porque declara al medio día del día siguiente. Es un hecho comprobado en el expediente que Cansinos se encontraba presente al momento del procedimiento policial, y que en esa oportunidad no manifestó a la prevención el conocimiento o percepciones que luego manifestó en sus testimonios relativos a la presencia de Guardo en el lugar y momento de producción del hecho, y en tanto el silencio es un hecho negativo, resulta ser indicio de mendacidad, que unido a la increíble explicación sucesivamente rectificada en sus testimonios, permiten sospechar la falsedad.
A poco que se profundice se comprueba que, la sindicación es posterior al procedimiento policial, y contiene, además de la intención de incriminación, el exitoso intento de direccionar la investigación de una mecánica del hecho luego desvirtuada por prueba objetiva.
Claro está que, la percepción que manifiesta en sucesivas rectificaciones, además de contradictoria, implica un flagrante intento de direccionar la investigación a la autoría de un tercero ajeno al ámbito familiar que habría actuado desde el exterior.
Lo que se evidencia que los ex Jueces Basbus, Salomón y Herrera, encubren a la testigo falsa y demás irregularidades para protegerse por una extradición ilegal, por una detención ilegal, por el delito de secuestro, todo a costa de la libertad y de la vida de un inocente.
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