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lunes, 22 de marzo de 2010

PROYECTOS QUE PRESENTARA EL BLOQUE DEL FUP EN LA CAMARA DE DIPUTADOS

El bloque del FUP en la sesión de mañana martes 23 de marzo presentara 3 proyectos 1 sobre Juicio entablado por Claudia Ledesma de Zamora contra Zavalía y Marozzi, ya van dos Audiencias de apriete con el abogado Lavaisse despotricador de los Zamora, ahora convertido en defensor del matrimonio;2) el otro es por las 60 motos compradas para la policía con anterioridad a la publicación del Boletín Oficial y en forma directa.3) Que aclaren como van a distribuir los 58 mil bolsines “los gordos” de la CGT local.

Estos señores ahora quieren hablar como si no hubieran tenido nada que ver con los gobiernos anteriores, cuando vivieron prendidos de todos.

PROYECTO DE DECLARACION
Artículo 1°.- Declarar nuestro más enérgico RECHAZO a la intromisión efectuada por el Poder Judicial Provincial por haber dado curso a la causa caratulada “QUERELLA PROMOVIDA POR LA SRA. CLAUDIA ALEJANDRA LEDESMA DE ZAMORA CONTRA JOSE LUIS ZAVALIA E INES TROGOLO DE MAROZZI S.D. CALUMNIAS E INJURIAS Y ACCION CIVIL POR RESARCIMIENTO DE DAÑOS Y PERJUICIOS POR DAÑO MORAL”, la cual fuera interpuesta por la esposa del Gobernador, Dr. Gerardo Zamora, por resultar INTIMIDATORIA y COERCITIVA al ejercicio de la función legislativa.
Artículo 2°.- De forma.-

FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto obedece a que mediante este accionar del Poder Judicial se afecta a nuestro sistema republicano de gobierno garantizado por nuestra Constitución Nacional (art. 1 CN).
La causa judicial se origina por un SIMPLE PROYECTO DE COMUNICACIÓN O DE INFORME presentado ante este Cuerpo, con fecha 24 de julio de 2009, a los efectos de que el Poder Ejecutivo Provincial informe, a través del organismo competente, la titularidad de una propiedad.
La Cámara de Juicio Oral en lo Criminal y Correccional, donde tramita la causa precitada, debería haber rechazado “in limine” puesto que el hecho que se pretende imputar no encuadra en una figura penal (Titulo II, Juicios Especiales, Capítulo II, Juicios por Delitos de Acción Privada. Calumnias e injurias. Pto. 4 in fine, del Código de Procedimientos en lo Criminal y Correccional), ya que no hubo imputación alguna que pueda dar lugar a la figura jurídica planteada, conforme a la documentación acompañada por la parte querellante, ya que se trata lisa y llanamente de un proyecto de comunicación o de comunicación presentado a los fines de determinar la titularidad de una propiedad
Asimismo, el Tribunal interviniente no tuvo en cuenta que la Constitución Nacional en su art. 68 y la Constitución Provincial en su art. 125, consagran expresamente la INMUNIDAD DE EXPRESIÓN de la siguiente manera: “Ninguno de los miembros del Congreso podrá ser acusado, interrogado judicialmente, ni molestado por las opiniones o discursos que emita desempeñando su mandato de legislador” (art. 68 CN). “Los legisladores no pueden ser acusados, interrogados judicialmente, ni molestados por las opiniones y votos que emitieren en el desempeño de sus mandatos” (art. 125 CP).
“Las expresiones amparadas por la inmunidad de los legisladores se integran con cualquier manifestación verbal, escrita o gestual, opinable o no, vertidas por cualquier medio de comunicación, en la plaza pública, o en el ámbito privado” (Conf. Ma. Angélica Gelli, Constitución de la Nación Argentina. Comentada y concordada. 3ª. Ed. La Ley 2006, pág.623).
Cabe destacar el carácter que revisten las partes de esta cuestión judicial, debido a la relación conyugal que tiene la querellante, Sra. Claudia Ledesma de Zamora, con la máxima autoridad de la provincia, es decir, el Gobernador de la Provincia, quién designara oportunamente a los integrantes del Tribunal en cuestión, además, de estar en comisión y, por otro lado, los querellados, representantes de un Poder independiente, que integran la oposición en el Poder Legislativo, ocasionando un conflicto de intereses.
Asimismo, se debe tener en cuenta la grave omisión perpetrada por dicho Tribunal, como por la parte querellante, de no haber tenido en cuenta la modificación efectuada al Código Penal, mediante la Ley 26.551, por lo cual el art. 109, en su parte pertinente, establece que: “En ningún caso configuraran delito de calumnia las expresiones referidas a asuntos de interés público o las que no sean asertivas”.
En consecuencia, tratándose de tierras que son o fueron fiscales, como así también de la defensa de los intereses de pequeños pobladores, resulta que lo solicitado en el proyecto de comunicación presentado obedecía a un MANIFIESTO INTERES PUBLICO, NO IMUTANDOSE DELITO ALGUNO.
Es de destacar que a pesar del tiempo transcurrido de Informar mediante Registro de la Propiedad, sobre el dominio de las tierras de la localidad de Agua Amarga departamento Pellegrini, y de la supuesta afectación a su nombre por la Sra. Del Gobernador Gerardo Zamora, no se haya efectuado fehacientemente el informe correspondiente, a pesar de disponer de todos los medios para efectuarlo, por lo que consideramos, amén de ser una cuestión fuera de derecho, constituye una verdadera extorción y coacción del derecho a ejercer el control de los actos de Gobierno para el cual fuéramos elegido, por lo que también nos vimos obligados a exigir una rectificación o retracción del la acción incoada, e incluso pedimos a este cuerpo, analizar detenidamente las consecuencias jurídicas en caso de acceder a esta petición, ya que estarían siendo cómplices directos de este atropello a la función legislativa, amparada por un sin número de fallos y sentencias de los más altos tribunales de la Justicia tanto Nacional como Internacional.
Sr. Presidente, por lo expuesto, solicito el acompañamiento de mis pares para la aprobación del presente proyecto.-

PROYECTO DE COMUNICACIÓN
1º) Solicitar al Poder Ejecutivo Provincial, para que a través del Ministro de Gobierno de la Provincia, informe en un plazo de no más de SIETE DÍAS (7), conforme al art. 135 nuestra Constitución Provincial, la siguiente cuestión:
a.- Se informe cuales son las razones por las que no se llamó a LICITACIÓN PÚBLICA o cualquier otra forma de contratación, prevista por la Ley de Contabilidad de la Provincia, y no en FORMA DIRECTA, conforme a lo publicado por el Boletín Oficial, Decreto Nº 141/10 del día martes 18 de Marzo del corriente año, para la adquisición por PESOS SEIECIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CUARENTA ($ 648.740), para la adquisición de SESENTA MOTOS (60) de 200 centímetros cúbicos.
b.- Informe cuales son las razones porque se publica en el Boletín Oficial la compra de estas motos, con posterioridad a su adquisición cuando lo correcto hubiera sido primero su publicación en el Boletín Oficial, con el respectivo llamado a Licitación y después recién su adquisición, a través del libre juego de las oferta que permitan ahorro alguno a las cuentas de la Provincia.
c.- Informe cual es la firma proveedora favorecida del las SESENTA MOTOS (60), y cuál ha sido el preció referencial para que cada una cueste al Estado Provincial la suma de PESOS DIEZ MIL OCHOCIENTOS ($ 10.800) por cada unidad adquirida como surge el preció total.
e.- Informe cuales son las razones de “urgencia o necesidad” invocadas por el Gobierno para justificar la compra directa de estos vehículos, que justifiquen, una vez más eludir sistemáticamente el cumplimiento por las distintas áreas del Gobierno Provincial, de las leyes de Contabilidad como de Contratación, haciendo a un lado a un sin número de oferente existente en la plaza local, como la posibilidad de ahorrar recursos a la Provincia y evitar generar sospechas y sobraba en nuestra comunidad, por el desconocimiento fehacientes de las razones invocadas como las arriba mencionadas, que pretenden justificar esta forma directa de compras como los contrataciones de las obras públicas.
2º. - De forma.-

FUNDAMENTOS.
Una vez más nos vemos obligados a traer a este cuerpo, estas reñidas maniobra pergeñadas por el Gobierno Provincial, que eluden sistemáticamente, su obligación de cumplir con las leyes, en este caso, la ley de Contratación y Contabilidad Provincial, lo que no solo configuraría un delito, sancionado por nuestra legislación de fondo, a sus autores materiales, como a todos aquellos involucrados en estas operaciones que despiertan certeramente graves dudas del accionar delictual e incluso sospechas de notorios actos de corrupción entre funcionarios, proveedores y contratista del estado.
De todos modos, lo sensato sería que algún fiscal o juez iniciará las investigaciones y exigencias del caso, en estas operaciones, que si bien aparecen avalados por ciertos organismo del estado como el Tribunal de Cuentas o Fiscalía de Estado, todos sabemos que están avalados por mayorías circunstanciales tanto del Poder Legislativo como Ejecutivo, por lo que carecen de la legitimidad necesaria, como convertirse en árbitros de los conflictos en la interpretación correcta de estos actos de gobierno.
Sabemos que gran parte de los Jueces del Poder Judicial está en comisión los que les quita la independencia e inamovilidad de los cargos, con mucho más razón a los fiscales.
Por estas, y muchas razones que expondremos en el recinto solicito a los colegas diputados el acompañamiento, para que se nos informe como corresponde sobre estas graves irregularidades, de las cuales desde hace bastante tiempo venimos denunciado, constituyendo una cadena de graves y sospechados actos que ponen en duda la transparencia de los actos de gobierno, principio elemental que los diputados deberíamos custodiar a rajatabla, para no convertirnos en cómplices primarios de estas barbaridades, provenientes del Poder Ejecutivo Provincial.

PROYECTO DE COMUNICACIÓN
1º) Solicitar a los Diputados-Gremialistas, Montenegro, Llamazares y Berlusconi, que informen a este Cuerpo, conforme a sus expresiones vertidas en este recinto por estos beneficiarios del SUBSIDIO DE PESOS TRES MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVA CON SIESCIENTOS OCHENTA ($ 3.999.680),otorgado por el Gobierno para la adquisición de bolsines , por parte de este y para ser repartidos por los diputados arriba mencionados, en la Sesión del Martes 16 de 2010, conforme a la versión taquigráfica, se nos informe en forma escrita y pormenorizada los lugares del interior de la Provincia, donde se repartirán CINCUENTA SEIS MIL BOLSINES DE ALIMENTOS (56.000), como el respectivo listado de los presuntos beneficiarios de los mismos.
2º) Si este es el primer beneficio obtenido con esta particularidad de subsidio y/u otras formas de beneficio o que estés en trámite ante el Gobierno Provincial, al gremio representado en la persona de los sindicalistas beneficiados o de otros representantes sindicales que integren la CGT local.
3ª) De forma.

FUNDAMENTOS.
Conforme al desarrollo de los acontecimientos que vienen ventilándose en nuestra población, por una serie de procedimientos, que constituyen verdaderos privilegios, incompatibles con la función de lo que debería ser la actividad sindical a nuestra modesta opinión, lo que es entendida en esta forma, aquí, como en cualquier parte del mundo, y tomando como ciertas las afirmaciones de estos diputados-gremialista-privilegiados por los reiterados gobiernos provinciales, lo que es de público y notorio, y por los abultados subsidios para la compra de mercaderías. Es que nos vemos obligados a los fines de un mejor y trasparente manejo de los mismo, para evitar toda especulación política, aunque la misma quedo desechada por uno de los diputados involucrados en este beneficio, de que sería con la confesa intención de ver de instalar en la Intendencia de la Capital a su colega Gerardo Montenegro, pero para que no haya confusiones, y queriendo creen en la buena fe de estos colegas, de que estos bolsines no tendrían ese destino electoralista, a pesar insistimos de la contradicción manifiesta y que costa en la versión taquigráfica.
Solicitamos estos informes y el acompañamiento de nuestro colegas de bancada, a los fines de desechar toda duda o suspicacia sobre estos cuantiosos bolsines que no cualquiera del los diputados presente, al menos que uno sepa, no cuenta con esta asistencia, desde luego necesaria para una provincia tan empobrecida por los distintos gobiernos, que en lugar de crear fuentes de trabajo continua con este asistencialismo que humilla y denigra la condición humana de los que menos tienen.

JOSÉ LUÍS ZAVALÍA-INÉS TROGOLO DE MAROZZI

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